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lunes, 11 de abril de 2011

El Insider Trading se produce cuando entra en juego dentro negociación en el mercado de valores el uso indebido de información privilegiada.


Si se utiliza esa información privilegiada la gente parte con ventaja a la hora de negociar y no asume el riesgo del mercado.  A los que poseen esta información privilegiada se les llama “iniciados”. Estos iniciados suelen ser los administradores de las sociedades cotizadas, aquellos que prestan servicios de asesoría o inversión,..
El Insider Trading hace que los inversores pierdan confianza en el Mercado de Valores, les hace ver la poca equidad que conlleva que algunos cuenten con información destacada  y otros tan sólo con la que tienen todos los inversores. ¿Qué pasa entonces? Pues al haberse roto las reglas del juego muchos inversores abandonan el mercado.
Es por ello que se prohíbe negociar con información extra y privilegiada con el fin de salvar la integridad del mercado.

¿Cuándo decimos que una información es privilegiada?
Cuando su divulgación puede variar la cotización de los valores a los que esa información se refiere.

Decimos que una información es privilegiada cuando se trata de una información reservada que no se ha hecho pública, tiene que tratarse de una información concreta (simples rumores no cuentan como información privilegiada) y por último debe ser capaz de influir sobre la cotización del instrumento al que se refiere.
La ley prohíbe algunas conductas a los que poseen dicha información. De tal forma que para estos iniciados queda prohibido preparar operaciones relativas a los valores afligidos por la información privilegiada y comunicar la información a otra persona (ni siquiera a un amigo o familiar) ya que esta tercera persona podría ser quien negociase los valores.

Los administradores de entidades cotizadas que tienen en su poder información privilegiada han de comunicarla al mercado como un suceso relevante, a no ser que sea información acerca de una operación en curso en donde existe un interés legítimo por mantenerla reservada.

La información privilegiada que no se comparta en el mercado tiene que ser protegida por medio de medidas especiales de seguridad. Concretamente, los encargados de emitir los valores que son objeto de información privilegiada, tienen el deber de limitar el conocimiento de dicha información a esas personas a las que resulte esencial. Por tanto para llevar esto acabo tienen que llevar un registro de iniciados para cada operación en curso y una vez se tenga el registro estos iniciados deben de ser prevenidos acerca de su deber de confidencialidad  y la prohibición de utilizar dicha información. También han de evitar a través de la separación de las barreras de negocio y otro tipo de obstáculos que la información caiga en manos de otras personas como hemos dicho antes.

¿Sanciones? ¿Hay Sanciones por abusar de esta información privilegiada?

En cuanto a la pregunta de si hay sanciones por el uso abusivo de dicha información la respuesta es SI y algunas de estas sanciones serán muy duras. A quien comete la infracción se le puede sancionar con una multa de 300.000 euros o también con 5 veces el beneficio conseguido. En los casos más peligrosos de Insider Trading se ha llegado a sancionar hasta con 6 años de cárcel.


Pero alto tan sólo se sanciona a las personas que son conscientes del carácter privilegiado de la información que poseen, es por eso que cuando operamos con rumores o con información que hemos escuchado por ahí a personas que no conocemos no lo consideramos Insider Trading.


Bueno tras esta teoría os dejo aquí este ejemplo de Insider Trading que he encontrado en una de mis fuentes y que espero que os vaya bien

 Por ejemplo, por citar dos casos que se han dado en nuestro mercado, el director financiero de una empresa que está preparando una opa tiene prohibido anticiparse comprando por cuenta propia acciones de la sociedad que va a ser objeto de la opa. A su vez, el miembro del consejo de gobierno del supervisor que ha decido la intervención de un banco que cotiza en bolsa tiene prohibido utilizar esa información para vender las acciones del banco que posee antes de que se publique la intervención. Estos casos tienen en común que tanto el director financiero como el consejero del organismo supervisor negociaron con ventaja, desplazando con la información privilegiada el riesgo del mercado, y lo hicieron para obtener un resultado favorable, una ganancia segura en el caso de la opa o evitar una pérdida cierta en el supuesto de la intervención del banco. Lo que se sanciona es la falta de equidad, el hecho de negociar sin riesgo, frente a los demás inversores que desconocen la información privilegiada.

Para concluir os dejo aquí el link de una noticia actual publicada en el economista acerca del Insider Trading y hasta la próxima entrada lectores!

HASTA EL PROXIMO POST!

Fuentes:

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