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martes, 12 de abril de 2011

OFERTA PÚBLICA DE ADQUISICIÓN


Buenos días lectores el tema que nos aguarda hoy es la Oferta Pública de Adquisición (OPA).
¿Qué es una OPA?
Se trata de una operación en la que una o varias sociedades o personas físicas ofrecen a cualquier accionista de una empresa cotizada la opción a comprar sus acciones u otros valores que nos permitan poseerlas a cambio de un precio. Este precio suele ser en efectivo pero también puede darse en acciones o mixto (acciones y efectivo).
Clases de OPA
-             Opa obligatoria: esta tipo no está sujeta a ninguna condición, presentan por el 100% de la acciones de la empresa a un precio equitativo.
-             Opa voluntaria: no tienen ningún tipo de requisito legal en cuanto al precio o el número de acciones pero el que las ofrece sí que puede poner condiciones.
-             Opa por toma de control: una vez que la empresa oferente tiene el control de la sociedad opada se permite a los accionistas de la empresa opada vender sus acciones a un precio justo.
-             Opa competidora: la oferta incluye valores sobre los que ya se han presentado una Opa cuyo plazo de aceptación todavía no ha acabado.
-             Opa de exclusión: deja a los accionistas vender sus acciones  antes de que la empresa no cotice más en bolsa. Aquí la contraprestación es siempre dinero.
-             Opa amistosa: si ocurren después de un pacto entre la sociedad oferente y los accionistas significativos (también conocidos como el Consejo de Admón. de la sociedad opada).
-             Opa hostil: si no existe un pacto previo y puede existir un posible interés para los accionistas.

¡Cosas a tener en cuenta!
-El plazo para que se acepte la oferta no podrá sobre pasar los 60 días naturales al igual que tendrá que tener un mínimo de 15 días.
- En cuanto a la orden de aceptación se podrá volver atrás en cualquier momento salvo el último día del plazo.
- Puede existir  más de una Opa sobre la misma empresa y cuando eso pasa los accionistas pueden presentar declaraciones de aceptación múltiples (siempre indicando el orden de preferencia y que todas lleguen a todos los oferentes competidores).
- En las Opas de exclusión de las que hemos hablado antes, si el inversor decide conservar sus acciones tendrá que ser consciente de las consecuencias de esta nueva situación:
- Pérdida de liquidez
- Menos información de la Compañía.
  
 Se pueden dar Compra – Ventas forzosas...
Cuando de lanzan Opas sobre el 100% de las acciones de una empresa y se alcanza el final de plazo de aceptación  pueden quedar esos accionistas que no han conseguido vender (el 10% como máximo) y los demás accionistas cuya oferta ha sido aceptada (el 90% como mínimo), ocurre que el oferente puede reclamar al accionista la venta de sus acciones al precio que decía la opa y del mismo modo un accionista está en su derecho de pedirle, al oferente, que le compre sus acciones al precio exacto de antes. El plazo que se fijado para reivindicar esta compra (en el caso de los accionistas) o esa venta (en el caso de los oferentes) es de  3 meses desde que finaliza el plazo de aceptación de la oferta.

¿De qué información dispone el accionista?
Gracias a los medios de comunicación estamos  bastante informados acerca de las opas que se producen en el actualidad y gracias a ellas aprendemos algunas cosas pero no está mal que nos informemos un poco por nuestra cuenta en registros públicos como  la Comisión Nacional del Mercado de Valores donde encontraremos un montón información oficial útil que se encuentra a nuestro alcance. ¿Y qué tipo de información nos puede ofrecer la CNMV?  Pues nos puede aportar un montón de información pero os voy a poner algunas de las cosas que deberíamos saber y que gracias a este registro público sabemos.
-Cómo es el folleto de la OPA.
-Cómo es el anuncio de la OPA.
-El informe del consejo de Administración de la Sociedad Opada
-Hechos relevantes que puedan ocurrir desde que se produce el anuncio de la oferta hasta que se produce su liquidación.


Cosas que debemos recordar

-Asistir a una OPA es un acto voluntario.
-Si eres Inversor debes consultar SIEMPRE el folleto de la OPA.
-Si decides ir a la OPA tienes que presentar una orden de aceptación que lo manifieste de forma expresa.
-Si decides no ir no conlleva que pierdas acciones.
-Si cotizas en la bolsa española debes consultar antes páginas web de sociedades opadas y oferentes, la Comisión Nacional de Valores y en el domicilio social del oferente.

Bueno como ya os dejado claro donde tenéis que informaros acerca de que hay que hacer con las Opas y qué son os pongo por ultimo el link de una noticia bastante reciente, de hoy 11 de abril de 2011 acerca de las OPAS.


Hasta la próxima lectores!


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